BPS: pagos por subsidios

El Banco de Previsión Social (BPS) posee una lista de riesgos sociales, cuyas prestaciones se otorgan a través de un beneficio monetario, especie o servicios. Dichos riesgos son: invalidez, desempleo, funeraria, vejez y supervivencia, maternidad, entre otras.

Según reportes financieros dados a conocer por el BPS, en el 2020 esta entidad pagó más de 423 millones de dólares en subsidios, lo que quiere decir que por mes convinieron unas 112 mil, una cifra fue superior a la de 2019, en la que el promedio mensual de personas fue de unas 46 mil.

Tipos de subsidios

El BPS contempla varios tipos de subsidios. Para acceder a ellos, el patrono debe haber registrado la actividad en la entidad y realizado los aportes correspondientes a la Seguridad Social, tal como lo establecen las leyes.

●     Por desempleo

El BPS otorga este subsidio a aquellos empleados que quedan sin ocupación en contra su voluntad, trabajadores dependientes en una situación de suspensión parcial, con remuneración variable o jornaleros y obreros por reducción parcial de ingresos.

El patrono debe gestionar el trámite a través del servicio en línea, el mes siguiente el BPS pagará  contribución a través de los distintos locales de pago habilitados.

Cabe destacar que debido a la emergencia sanitaria mundial, causada por el Covid-19, el BPS extendió hasta el 31 de marzo de este 2021 la vigencia de los sistemas especiales de subsidio por desempleo, mediante resoluciones ministeriales.

●     Por enfermedad

Los trabajadores activos que por razones médicas estén imposibilitados para trabajar, por enfermedad o accidente laboral, serán asistidos por el BPS.

De esta forma, a partir del cuarto día de la enfermedad, y en caso de ser internado, desde el primer día, el trabajador percibirá una prestación dineraria equivalente al 70% de su sueldo o salario básico.

El resto lo cancela el BPS siempre que esta sea menor que el gravamen que le hubiere correspondido al trabajador.

De igual forma, le ofrece cobertura al trabajador  durante un año, con opción a una prórroga de hasta 2 años alternados, por la misma dolencia. Este proceso debe ir avalado por la Asistencia Médica Colectiva (IAMC) contratada por el BPS.

Los trabajadores cuyas cotizaciones no alcancen las 13 jornadas en el mes o no registren  el equivalente a 1.25 veces de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC), quedan excluidos, salvo que los patrones hagan el complemento.

●     Por maternidad y paternidad

El BPS contempla el subsidio por período pre y post-parto, calculado sobre el promedio de lo ganado durante los últimos seis meses de actividad. No debe ser más que el 1 BPC.

Cubre un total de 12 semanas: seis antes y seis inmediatamente al parto. En caso de que los trabajadores adopten un niño o niña gozarán de un descanso de al menos 43 días a partir de la tenencia.

●     Subsidio por expensas funerarias y gastos complementarios

Esta prestación cubre gastos fúnebres  cuando un trabajador o jubilado de BPS sin cobertura fallece.

También contempla consumos complementarios siempre y cuando el fallecido cuente con cobertura fúnebre, traslado a cementerios o salas velatorias.

En caso de que el difunto fuera afiliado a algún régimen o servicio adicional, no se generará el subsidio, pero si hay gastos complementarios se reintegrará a quien acredite haberse hecho cargo de los costos.

●     Especial de inactividad compensada

También conocido como SEIC se trata de una asistencia contributiva que cubre a quienes quedan sin empleo por causas ajenas a su voluntad, y no pueden acceder a la jubilación porque aún no cuentan con la edad establecida o no cumplen otros requisitos estipulados.

●     Por enfermedad para mayores de 65 años

Este subsidio surge como medida de protección ante la emergencia sanitaria generada por el Covid-19 y por decreto del Poder Ejecutivo para que los trabajadores con 65 años o más puedan permanecer aislados dentro del período de vigencia (hasta el 28 de febrero de 2021).

¿Dónde cobrar subsidio por enfermedad BPS?

Para realizar el trámite el titular o apoderado registrado en BPS, debe presentar su cédula de identidad vigente. El trámite para cobrar el subsidio por enfermedad se realiza en Montevideo:

  • Oficinas centrales
  • Sucursal Belvedere
  • Sucursal Colón
  • Sucursal Unión

Para realizar el trámite, deberá visitar el portal web del BPS o llamar a los números telefónicos dispuestos para tal fin, desde el interior del país. Ello permite agendar su caso. En otras ciudades están disponibles las unidades descentralizadas de BPS.

¿Cuánto paga BPS por seguro de desempleo?

Tal como se detalla a continuación:

  • Trabajadores u obreros despedidos

Estos recibirán el monto calculado tras ponderar las remuneraciones mensuales nominales y computables, recibidas en los seis meses contiguos anteriores a configurarse la causal.

  • Jornaleros 

El monto del subsidio equivale a la suma de jornadas mensuales. El resultado se da tras dividir las retribuciones nominales recibidas en los seis meses antes de la causal.

  • Trabajadores mensuales suspendidos

Estos perciben un subsidio parcial cuando el período es mayor a un mes completo calendario. Reciben el  50 % del promedio mensual de acuerdo a los seis últimos meses antes de configurarse la causal.

  • Jornaleros suspendidos

El cálculo del salario se hace en base los últimos seis meses antes de configurarse la causal.

  • Trabajadores en multiempleo

En este caso, se calcula el salario juntando la diferencia entre el nominal computado para desempleo y los ingresos por la actividad actual.

 

Subsidio por desempleo 2020

El Decreto Ley 15.180 establece que el subsidio está dirigido a:

  • Los trabajadores dependientes que estén en suspensión parcial de actividades.
  • Trabajadores y jornaleros que devenguen un sueldo mixto y cuyas labores estén reducidas a un mínimo de seis días y 19 como máximo en el mes.
  • Los obreros con retribución por comisión.

Esta reducción debe ampararse en las resoluciones ministeriales, que actualmente se prevé hasta el 31 de marzo de 2021.

Topes para el pago del subsidio pagados en enero 2020.

  • Máximo: $ 44.606,60
  • Mínimo: $ 5.574,33

¿Qué tengo para cobrar en BPS?

Puede gestionar, tramitar o cobrar el subsidio directamente en BPS cuando ambas partes (titular y apoderado) concurran o mediante un poder hecho por un notario particular.

Otros pagos

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