El Banco de Previsión Social establece el derecho a la jubilación, otorgando la prestación contributiva en dinero y el retiro de la actividad, siempre y cuando el trabajador reúna los requisitos correspondiente tal como lo establece el Régimen de Transición y el Régimen Mixto, creados por la Ley 16.713.
Requisitos
Para gozar de la jubilación común el ciudadano debe cumplir con ciertos requisitos. Uno de ellos es tener 60 años de edad y 30 de servicios y estos datos deben estar registrados en su Historia Laboral de BPS.
En caso contrario, deberá asesorarse para iniciar el trámite de reconocimiento, donde se le indicarán los pasos a seguir y la documentación a presentar.
Para realizar este trámite sólo debe presentar la cédula de identidad vigente en cualquiera de las agencias ubicadas en Montevideo o en las sucursales establecidas en el interior del Uruguay.
Afiliación Mutual
El BPS reconoce el derecho a la protección de salud de los trabajadores, en cuanto el Seguro Nacional de Salud (SNS), costeado por el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), da cobertura médica extensible a los trabajadores, jubilados, pensionistas y personas a cargo.
En el caso de los jubilados, los beneficiarios son todos (exceptos los de Caja Militar y Policial) y los pensionistas (menos quienes perciben pensión especial reparatoria).
Si un beneficiario pierdan el amparo del SNS, por pasividad o fallecimiento, los menores de edad que éste tenía a cargo podrán mantener la cobertura por Fonasa durante 12 meses más, siempre que el beneficiario esté solvente en los aportes durante los 24 meses anteriores al cese de la pasividad.
Calendario de pagos
Pagos correspondientes a enero 2021 se pagarán en febrero 2021. Y para tramitarlo solo necesitará presentar su cédula de identidad vigente.
Mientras que los responsables, tutores y representantes deben entregar la fotocopia de la cédula de identidad del titular o el último recibo.
Calendario de pagos
Puede consultar la fecha y lugar de cobro, por el CI, así como la fecha y lugar. Para acceder a sus recibos ingrese al portal web de la institución con su Usuario Personal BPS.
También puede hacer la verificación en “Consultar fecha” y lugar en “cobro de prestaciones”.
Tipos de jubilaciones
Dentro del Régimen de Transición o Mixto, se definen los tipos de jubilación. En cada uno se establecen los requisitos que se deben presentar para percibirla.
Cuando una persona cumple con los requisitos se habla de causal configurada y puede acceder al beneficio de jubilación de inmediato.
● Jubilación común
Es un tributo contributivo en dinero dirigido a trabajadores de la industria y comercio, administración pública, rurales, construcción y servicio doméstico, en proceso de retiro de su actividad remunerada.
Debe reunir los requisitos de edad y servicios aportados así como 30 años de servicio y 60 de edad.
● Jubilación por edad avanzada
A esta prestación contributiva tiene derecho todo trabajador a partir de los 70 años de edad y 15 años de servicio. Los ciudadanos en proceso de retiro pueden solicitar esta jubilación en línea.
Son beneficiarios los trabajadores industriales, de la construcción, el comercio, rurales, servicios domésticos y administración pública.
● Jubilación por incapacidad física total
El BPS establece la jubilación por incapacidad física total cuando trabajadores menores de 25 años, que tengan al menos seis meses en la empresa y de más de 25 años de edad, con un mínimo de dos años de actividad, lo requieran por imposibilidad absoluta y permanente.
Incluye a trabajadores de la administración pública (excepto militares, policiales), comercio, industria, construcción, rurales y trabajo doméstico.
En caso de incapacidad generada en el ámbito laboral, no se requiere mínimo de años.
● Subsidio transitorio por incapacidad parcial
Aquellos trabajadores que estén imposibilitados físicamente para su tarea habitual, gozarán de un subsidio transitorio, siempre que ésta sea dictaminada por los médicos de BPS.
Este caso aplica para trabajadores de hasta 25 años de edad que tengan al menos 6 meses en la empresa y de más de 25 años de edad con al menos 2 años de actividad.
● Jubilación parcial
Los trabajadores que laboran para un único empleador y configuren causal de Jubilación Común o por Edad Avanzada, gozarán de retiro parcial.
También aplica para quienes habiendo realizado una última actividad dependiente y, para un único empleador, hayan configurado causal en un plazo no mayor a tres años al solicitar el beneficio.
● Jubilación por edad avanzada Acto 9
Es un canon al que tiene derecho todo trabajador en situación de retiro de la actividad remunerada.
Es indispensable que en el caso de los hombres tengan 70 años de edad y 10 de servicios; y en el de las mujeres tengan al menos 65 años de edad y 10 años de servicios.
Aplica para trabajadores industriales, del comercio, construcción, servicio doméstico y administración pública (excepto militares, policiales).
● Jubilación compatible con actividad
Contempla aquellos sectores productivos en los que la mano de obra calificada oficios, profesiones o categorías laborales sea escaza. Se califica como casos especiales y requieren autorización del Poder Ejecutivo.
Se establecen los escenarios para que la jubilación de industria y comercio concuerde con el desempeño de la actividad. Esta medida favorece a jubilados que no superen los 71 años de edad al momento de su contratación
¿Puedo consultar mi recibo por la web?
Se puede hacer, ya que dichos recibos están disponibles en el portal en línea del BPS para los usuarios autenticados.
Mientras que en el apartado de “Consulta de cobros”, los usuarios podrán descargar sus recibos, los cuales están por rangos de fechas. Para acceder debe tener un Usuario Personal BPS.
Autorizaciones especiales de cobro
Los ciudadanos mayores de 65 años que deban acudir en el mes de febrero a las redes de cobranzas o a la sede del BPS, pueden autorizar a que otra persona lo haga. Solo deben hacer el trámite a través de una llamada telefónica o vía Whatsapp.
Una vez ingresada la solicitud, el BPS se comunicará para verificar su identidad. Usted además deberá dejar constancia de su voluntad de autorizar el cobro por una tercera persona.
¿Cómo saber si estoy en el Seguro BPS?
Para averiguar si está en el seguro, ingrese a los servicios en línea con tu Usuario personal BPS en la sección “Mi información”. Si tiene alguna duda ubique el servicio “Consúltenos”.